Reglamento Notarial

Artículo 9º

Art. 9.º. Presentada la solicitud de investidura, la Suprema Corte de Justicia solicitará al Instituto Técnico Forense la planilla de antecedentes penales del postulante, la que se adjuntará con el certificado de buena conducta requerido, al expediente respectivo.

Si no hubiera observaciones, la Suprema Corte de Justicia resolverá.

Si surgieran observaciones, intervendrá previamente la Inspección General de Registros Notariales.

Concordancia:

  1. Ley 2503, arts. 15 y 16; ley 17707, art. 13.

  2. Acordada 7888