Reglamento Notarial

Artículo 279º

Título VI
Registro de testamentos

Art. 279. El Registro de Testamentos es una oficina de carácter técnico jurídico con competencia nacional y sede en Montevideo, que depende de la Inspección General de Registros Notariales de la Suprema Corte de Justicia.

Concordancia:

El Registro de Testamentos se creó por Acordada de 23 de junio de 1992.