Artículo 258º
Art. 258. Esta visita comprende al Protocolo y al Registro de Protocolizaciones, a medida que se van formando y una vez encuadernados.
La visita de los Registros Notariales en formación se efectuará previa intervención de la Caja Notarial de Seguridad Social, a efectos de que verifique el pago de las cotizaciones exigidas por la ley.