Artículo 212º
Art. 212. Testimonio de protocolización es el instrumento público notarial derivado, traslado íntegro y literal de los documentos y actas incorporados al Registro de Protocolizaciones, que representa auténticamente los documentos reproducidos.
Concordancia:
Ley 16.320 de 1.º de noviembre de 1992, arts. 276 y 277.
Reglamento Notarial, art. 303 a 308.