Reglamento Notarial

Artículo 212º

Art. 212. Testimonio de protocolización es el instrumento público notarial derivado, traslado íntegro y literal de los documentos y actas incorporados al Registro de Protocolizaciones, que representa auténticamente los documentos reproducidos.

Concordancia:

  1. Ley 16.320 de 1.º de noviembre de 1992, arts. 276 y 277.

  2. Reglamento Notarial, art. 303 a 308.