Reglamento Notarial

Artículo 205º

Art. 205. Exceptúanse de la obligación de ser relacionadas en el acta referida las intervenciones extrarregistrales que practica el escribano como funcionario de la Administración Pública nacional, municipal, Entes Autónomos, Servicios Descentralizados, Poder Judicial, Tribunal de lo Contencioso Administrativo, Corte Electoral, y Tribunal de Cuentas.