Reglamento Notarial

Artículo 142º

Art. 142. Derogado.

Concordancias:

  1. Este artículo fue derogado por el art. 1.º de la Acordada 7.540 del 23 de febrero de 2005. Decía: “La elección de los testigos de conocimiento es privativa del autorizante”.

  2. Ver nota al art. 136 del presente Reglamento.