Artículo 1º
22 de octubre de 2004
Art. 1.º. Corresponde a la Suprema Corte de Justicia conferir la investidura para el ejercicio de la función notarial.
Concordancia:
Decreto-ley 1421, art. 1.º; ley 5540, de 15 de diciembre de 1916, art. 16.