Ley Orgánica Notarial

Artículo 66º

Art. 66. Las obligaciones que por este decreto se imponen a los escribanos son sin perjuicio de las demás que establecen los Códigos vigentes.

Referencia:

Este artículo debiera estar redactado así: “Las obligaciones que por este decreto se imponen a los escribanos, son sin perjuicio de las demás que establezcan las leyes y reglamentos”. Es notorio que múltiples normas legales y reglamentarias imponen al escribano distintas obligaciones y responsabilidades, que sería largo enumerar y difícil asegurar fueren la totalidad de las vigentes.