Ley Orgánica Notarial

Artículo 13º

Art. 13. Siendo favorable el informe de los escribanos por unanimidad o por mayoría, que extenderán y firmarán en el mismo expediente, se procederá por el Tribunal a señalardía y horaparaqueelaspirantepresteexamenanteél, integrado en la forma dispuesta por el art. 102 del Código de Procedimiento, precediendo también la publicación de aviso por secretaría como en el caso anterior.

Referencias:

Derogado. Nota al art. 10.